Amenazas reforma codigo penal
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Amenazas reforma codigo penal
Buenos días, me gustaría saber si con la nueva reforma de código penal, donde ya no existen las amenazas como faltas, sino como delito leve. El detective privado sigue teniendo competencia en este campo o al ser un delito se considera un delito perseguible de oficio.
Link: Este link habla sobre la reforma aunque no resuelve mi duda o no quiero creerlo..
http://www.abogacia.es/2015/06/24/la-fiscalia-general-del-estado-establece-las-pautas-ante-la-entrada-en-vigor-de-la-reforma-del-codigo-penal/
Link: Este link habla sobre la reforma aunque no resuelve mi duda o no quiero creerlo..
http://www.abogacia.es/2015/06/24/la-fiscalia-general-del-estado-establece-las-pautas-ante-la-entrada-en-vigor-de-la-reforma-del-codigo-penal/
Geocida- Alumno de Detective
- Cantidad de envíos : 23
Localización : Las Palmas de Gran Canaria
Empleo : Detective privado
TIP : 3640
Fecha de inscripción : 31/05/2012
Re: Amenazas reforma codigo penal
Buenas noches.
El articulo 19 de la ley 5/2014 tipifica que el detective puede investigar delitos perseguibles solo a instancia de parte...
Es decir, el detective puede investigar delitos privados.
Tu confusión viene ( o es la sensación que me da) entre la distinción entre delito publico y delito privado.
Se ha repetido ya mucho en el foro sobre la diferencia entre ambos y te invito a que busques la informacion en los temas ya debatidos.
Para responder a tu pregunta, el delito leve de amenazas es un delito privado por lo que un detective SI puede investigar. Lo que no puede investigar son los delitos publicos tales como el robo, homicidios, violencia de género (desde su reforma) y un largo etc.
Espero te haya ayudado.
Saludos
El articulo 19 de la ley 5/2014 tipifica que el detective puede investigar delitos perseguibles solo a instancia de parte...
Es decir, el detective puede investigar delitos privados.
Tu confusión viene ( o es la sensación que me da) entre la distinción entre delito publico y delito privado.
Se ha repetido ya mucho en el foro sobre la diferencia entre ambos y te invito a que busques la informacion en los temas ya debatidos.
Para responder a tu pregunta, el delito leve de amenazas es un delito privado por lo que un detective SI puede investigar. Lo que no puede investigar son los delitos publicos tales como el robo, homicidios, violencia de género (desde su reforma) y un largo etc.
Espero te haya ayudado.
Saludos
Xavier BCN- Alumno de Detective
- Cantidad de envíos : 30
Localización : BARCELONA
Empleo : Vigilante de seguridad, detective privado
Fecha de inscripción : 09/08/2015
Re: Amenazas reforma codigo penal
Xavier BCN escribió:Buenas noches.
El articulo 19 de la ley 5/2014 tipifica que el detective puede investigar delitos perseguibles solo a instancia de parte...
Es decir, el detective puede investigar delitos privados.
Tu confusión viene ( o es la sensación que me da) entre la distinción entre delito publico y delito privado.
Se ha repetido ya mucho en el foro sobre la diferencia entre ambos y te invito a que busques la informacion en los temas ya debatidos.
Para responder a tu pregunta, el delito leve de amenazas es un delito privado por lo que un detective SI puede investigar. Lo que no puede investigar son los delitos publicos tales como el robo, homicidios, violencia de género (desde su reforma) y un largo etc.
Espero te haya ayudado.
Saludos
Has acertado con la confusión que tenía, buscaré más a fondo el foro en la próxima duda que tenga, Muchas gracias.
Geocida- Alumno de Detective
- Cantidad de envíos : 23
Localización : Las Palmas de Gran Canaria
Empleo : Detective privado
TIP : 3640
Fecha de inscripción : 31/05/2012
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