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Camaras de vigilancia en empresas y key-logger y raton-espia en ordenador de la empresa

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Mensaje  fergalicia Mar Feb 28, 2012 3:18 pm

Hola.

A ver si ahora acierto colocando aqui este post, que lo puese en Detetives y lo cerraron porque no era el lugar adecuado.
Sino es este el sitio que lo cambien, porfa.

Necesitaria saber resumidamente bajo que condiciones y en que lugares puede un empresario, teniendo razones para ello, instalar una camara de vigilancia de los empleados e instalar por ejemplo un raton grabador y un programa key-logger en un ordenador en concreto para grabar lo que habla o lo que hace en ese ordenador un empleado determinado. No estoy muy seguro de la legalidad de esto, por eso lo pregunto. He leido que el despacho del lugar de trabajo es un sitio privado no?. Como tambien lo son los aseos.
Muchas gracias.



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Mensaje  antoniof Mar Feb 28, 2012 3:27 pm

Sobre intervenir el ordenador, mírate esta reciente sentencia a partir del fundamento jurídico nº 4:

http://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1057070&nl=1

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Mensaje  investigador Mar Feb 28, 2012 3:40 pm

fergalicia escribió:
A ver si ahora acierto colocando aqui este post, que lo puese en Detetives y lo cerraron porque no era el lugar adecuado.
Sino es este el sitio que lo cambien, porfa.

Éste es el sitio indicado Wink



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Mensaje  ShadSEC Mar Feb 28, 2012 5:15 pm

fergalicia escribió:
Necesitaria saber resumidamente bajo que condiciones y en que lugares puede un empresario, teniendo razones para ello, instalar una camara de vigilancia de los empleados e instalar por ejemplo un raton grabador y un programa key-logger en un ordenador en concreto para grabar lo que habla o lo que hace en ese ordenador un empleado determinado. No estoy muy seguro de la legalidad de esto, por eso lo pregunto. He leido que el despacho del lugar de trabajo es un sitio privado no?. Como tambien lo son los aseos.
Muchas gracias.

Si por ratón grabador te refieres a uno con micrófono oculto, es de DIFÍCIL justificación.

El key-logger u otros procedimientos más apropiados para la monitorización del uso de los recursos informáticos se justifica a través del protocolo de seguridad mencionado en la sentencia que ha puesto antoniof.

Los aseos deben considerarse siempre privados e íntimos. El despacho a priori también, excepto en los casos en que por las circunstancias no pueda existir una expectativa razonable de privacidad.

Tampoco puede existir una expectativa razonable de privacidad en el caso de acceso y utilización ilícita de recursos (Ejemplo: Puedo monitorizar las acciones de un intruso en mi red).

En todo caso, siempre es posible la renuncia expresa (y JUSTIFICADA) de cualquier derecho de privacidad. En este punto se basan la mayoría de los procedimientos de monitorización a trabajadores.
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Mensaje  fergalicia Miér Feb 29, 2012 12:20 am

Hola.
Gracias por las respuestas, ahora lo tengo un poco mas claro aunque no del todo.

Es que para el examen se me ocurrio un supuesto que incluye espionaje industrial de un empleado con a mayores una competencia desleal por montar el con su mujer una empresa que vende el mismo producto que su jefe (en concreto mantecadas), bajo una marca casi de igual nombre pero que se diferencia en tan solo una letra. Una cosa como hacen los chinos cuando copian que por ejemplo cuando ponen de marca Cassio en lugar Casio. En este supuesto seria Mantecadas Los Maragatos en lugar de Mantecadas El Maragato o algo asi.
En el supuesto he pensado que primeramente el detective ha de desenmascarar al espia, el cual accede a ficheros privados para obtener informacion sobre proveedores, precios, marketing etc (de ahi lo de poner un key-logger o un Doctor Watson en los PC). Una vez que sepamos quien es el espia luego vendra la tarea de investigar en el registro mercantil y ahi veremos que tiene una empresa en sociedad con su mujer. Luego sera ir de compras a una de sus tiendas y comprar mantecadas. Despues invenarse algun motivo para hacerles una reclamacion de la venta por cualquier razon y denunciarles a consumo, o mejor decir que nos sentaron mal y denunciarlos a Sanidad. De ahi ya podemos obtener mas datos sobre su empresa y producto, pues para vender tienen que tener un registro sanitario y para obtener dicho registro se tiene que hacer una memoria que incluye entre muchas mas cosas: planos de la fabrica, industria, especificar quienes son los proveedores de materias primas, formulas de la mantecada, proceso de fabricacion, etc... y asi ver si copia algo de su empresa. E el supuesto debemos de poner algun truco, y este puede ser uno. Otro truco que de momento no se me ocurre ninguna solucion es como hacerme con los papeles de Sanidad referentes a la memoria del registro sanitario

¿Que os parece?. ¿Se os ocurre algun supuesto mas sencillo y original?. He estado desempaquetando unas noveles antiguas de Agata Cristhi que hay aqui en casa pero son temas demasiado largos, ademas son todos casos perseguibles de oficio, lo cual tenemos vetado.

Gracias de nuevo.

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camaras - Camaras de vigilancia en empresas y key-logger y raton-espia en ordenador de la empresa Empty Me corrijo: Lo anteriormente dicho creo no es legalmente procedente...

Mensaje  fergalicia Miér Feb 29, 2012 10:36 am

Hola.
Cuelgo un articulo que he leido en la APDPE, referente a la investigacion de un trabajador. Tendre que pensar algun otro supuesto mas sencillo y mas acorde con mis de momento escasos conocimientos.
Segun el articulo entiendo que el comprarle mantecadas y denunciarlos a consumo y Sanidad consituye, segun el ultimo parrafo del articulo, preconstituir una prueba no?.
Salu2.


Investigación del trabajador
29/05/11

Noticia APDPE

Ante las sospechas de una conducta irregular del empleado es frecuente que las empresas recurran a la contratación de un servicio de detectives. Pero en la "indagación" de las actividades del trabajador podría resultar vulnerado el derecho a su intimidad, lo que supondría "echar por tierra" cualquier información obtenida.
Fuente:
www.elpais.com (J Manuel Diaz-Arias)
El recurso a los informes de detectives se presenta en nuestro derecho como plenamente válido siempre que el medio utilizado para la averiguación de los hechos cumpla el triple requisito de "proporcionalidad, idoneidad y necesidad" que se exige en todos aquellos supuestos en los que pueden resultar vulnerados derechos fundamentales.
A la hora de indagar en la vida privada del trabajador, la actividad que cualquier persona lleva a cabo fuera de su centro de trabajo pertenece a su vida privada, aun cuando se desarrolle en espacios públicos; no puede por ello ser fiscalizada por la empresa, porque forma parte de su intimidad. Los empleadores no tienen derecho alguno a conocer a qué dedican los trabajadores su tiempo, qué actividades desarrollan, qué aficiones tienen, cuáles son sus intereses, o las personas con las que se relacionan, por lo que, aun cuando el seguimiento se haga en la calle, constituye una intromisión en su vida privada. Pero esta afirmación hay que graduarla en atención a las circunstancias de cada caso, ponderando la concurrencia del triple requisito mencionado.
Pudiera suceder, por ejemplo, que el seguimiento externo del trabajador sea el único medio para comprobar que cumple sus obligaciones laborales, porque desarrolle su actividad fuera de las instalaciones de la empresa. En estos casos, la vigilancia deberá ser proporcionada, limitándose a los días y horas imprescindibles para acreditar el incumplimiento imputado. Así, una sentencia consideró excesiva una investigación que se prolongó durante cinco meses.
También se consideró absolutamente ilícita la prueba de un detective que se camufló como personal trabajador, alquilando una habitación en casa de la empleada sospechosa, ganándose su confianza y accediendo a informaciones personales para justificar un despido.
En definitiva, el empleo de detectives por la empresa será legítimo siempre que exista una sospecha fundada de un incumplimiento por el trabajador, no existan otros medios eficaces para comprobarla y no se empleen para preconstituir una prueba, respetándose siempre los principios de proporcionalidad e intervención mínima que rigen cualquier restricción de derechos fundamentales.


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Mensaje  fergalicia Miér Feb 29, 2012 10:39 am

... sigo:

Estoy aprndiendo que, tan importante como conocer las tecnicas de investigacion, es conocer muy bien las leyes para hacer todo legalmente y no cometer errores ni resbalones, sobre todo las no penales: LSP, Constitucion, Proteccion datos, etc.
Salu2.

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Mensaje  investigador Miér Feb 29, 2012 12:51 pm

fergalicia escribió:... sigo:

Estoy aprndiendo que, tan importante como conocer las tecnicas de investigacion, es conocer muy bien las leyes para hacer todo legalmente y no cometer errores ni resbalones, sobre todo las no penales: LSP, Constitucion, Proteccion datos, etc.
Salu2.

Conocer y respetar la legislación vigente es lo más importante.

A partir de ahí, aplicamos las técnicas y prácticas necesarias para obtener y facilitar la información solicitada.

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Mensaje  ShadSEC Miér Feb 29, 2012 10:00 pm

Con todo respeto... a mi no me gusta.

Entre otras cosas creas el supuesto partiendo del conocimiento del resultado y eso se nota en los pasos que propones. Además alguno de esos pasos es ilegal o injustificable (la denuncia falsa a consumo), por lo que aunque en la práctica real pueda haber quien lo haga, no creo que deba ponerse en un supuesto para clase.

Ya puestos, le intervienes las líneas que es mucho menos arriesgado y más efectivo para llegar al mismo resultado. [Obviamente tampoco...]

Por otra parte ya hay motivo para la denuncia (si eso es lo que se pretende) por la SIMILITUD de la marca, ya que las leyes de marcas y patentes españolas son muy diferentes a las chinas.

En cuanto al resto... a menos que haya una cláusula de exclusividad temporal, o algún tipo de contrato de confidencialidad, lo único que se podría justificar, a lo sumo, sería un despido procedente. En tal caso, la diferencia entre un despido procedente o improcedente no justificaría el coste de un detective, y menos uno dispuesto a "mojarse".

También me da la impresión de que te centras en los pasos intermedios, cuando lo importante deberían ser los datos de partida y el objetivo o resultado a conseguir. Una vez esas dos cosas estén BIEN definidas es el momento de planificar la investigación, no antes.

Primero crea el supuesto, preferiblemente cogiendo algún caso REAL, y DESPUÉS, busca la mejor forma de resolverlo.
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Mensaje  fergalicia Jue Mar 01, 2012 3:11 pm

Hola de nuevo.

Gracias ShadSEC y a todos.

Se me ha ocurrido otro supuesto basado en esta noticia real ocurrida en mi ciudad estos dias.

http://www.laopinioncoruna.es/coruna/2012/02/29/ladrones-asaltan-taller-disenadora-robar-patrones/585161.html


Para desencuadrar este suceso de un delito de robo perseguible de oficio con la policia ya de por medio y del cual no estariamos autorizados a investigar podemos modificarlo por en lugar de un robo sustituirlo por el hecho del conocimiento del dueño de que unas prendas iguales a las suyas se estan vendiendo por internet y en algunas tiendas bajo una marca muy similar. El dueño supone la implicacion de alguno de sus empleados en el asunto y para ello contrata un detective para que investigue el caso.

Reunion preliminar de investigador-empresario:
Entre ambos acuerdan las pautas de la investigacion y deciden que en principio es hacer una criba de la plantilla de empleados basandose en su curriculum y su vida laboral facilitada por la Seguridad Social pues quizas como resultado de la misma obtengamos algun empleado sospechoso (como resultado de esto y para facilitarme yo mas las cosas supongo encuentran un empleado que anteriormente trabajo 2 años como pequeño empresario en el ramo de fabricacion textil). En el resto acuerdan que lo mas adecuado, necesario y proporcional es la instalacion de una camara de vigilancia y un sofware en el ordenador del despacho del jefe de produccion con su autorizacion, pues alli es donde se supone accede el empleado, ya que en ese despacho y ordenador es donde se encuentran los planos de patronaje tanto en papel como en soporte informatico en su ordenador.


Objetivo investigacion:
Intentar obetener pruebas demostrables de un posible espionaje industrial por parte de alguno de los empleados de la empresa y de la existencia de una competencia desleal proveniente de dicho espionaje. Para la investigacion hemos de adecuarnos a todo lo dispuesto en la LSP, la etica y deontologia profesional, Constitucion y LOPD. Debiendo ser los metodos empleados en la medida de lo necesario, idoneo y proporcional a los fines de la investigacion.


Como el ejercicio tambien valora los trucos se me han ocurrido estos:

Trucos:
1- Para evadirnos en parte de las obligaciones y restricciones que impone la LOPD podemos instalar una camara en el despacho del jefe de produccion y un programa tipo keylogger en su ordenador de forma que cumpla todos los requisitos legales. Dicha instalacion se hara a nivel personal y con autorizacon expresa del jefe de produccion, de esta manera podemos obtener datos y grabaciones del intruso cuando acceda a dicho despacho y manipule su ordenador sin tener que dar ninguna explicacion al mismo, pues la camara esta instalada en un lugar privado perteneciente al jefe de produccion. De esta manera si el intruso accede al despacho y manipula el ordenador la fecha-hora de la grabacion de la camara y la fecha-hora de las entradas grabadas por el keylogger seran coincidentes, prueba irrefutable que el empleado estuvo accediendo a los ficheros exactamente en ese momento. Incluso hasta podriamos pasar de instalar ningun keylogger puesto que conociendo bien el Windows podemos saber lo que se ha hecho en dicho ordenador y a que hora-fecha, y para lo cual no necesitamos autorizacion de LOPD ni de nadie ya que es un sofware que incluye de fabrica el sistema operativo.

2- Comprar alguna prenda en alguno de los establecimientos donde se vende ilegalmente y exigir factura de compra para tener constancia de ello. A mayores podemos ir acompañados de otra persona que lleve una camara oculta y grabe mientras nos probamos diversos modelos de vestido en los que se aprecie bien su diseño.


... luego de por medio iria todo el diario de investigaciones con sus resultados, concluyendo en un informe, que todavia no he llegado a eso.

Se agradecen comentarios.

Gracias.

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Mensaje  ShadSEC Jue Mar 01, 2012 3:44 pm

Mucho mejor.

Cuando hayas terminado de enumerar todas las posibles vias de investigación, recuerda empezar por las más obvias, fáciles o justificables. Ya que me da que sigues empeñado en ir directamente a por los trabajadores y con medidas relativamente intrusivas y eso, aunque aciertes, es posible que luego tengas que justificarlo.

El coste de cada medida de investigación también hay que tenerlo en cuenta a la hora de decidir el orden.

Aquí hay un paso que yo hago SIEMPRE, y es calcular por encima el perjuicio/beneficio del cliente. Y eso da una idea de las limitaciones económicas (o no) que va a haber... después de eso se le propone al cliente una forma de actuación concreta y un presupuesto.

El máximo de presupuesto siempre debe ser inferior al perjuicio/beneficio e idealmente MUY MUY inferior... por ejemplo un 5 o 10% si hablamos de cifras elevadas. Esto es muy relativo... pero para este supuesto podrías suponer un lucro cesante de 50.000 euros anuales y considerar 6.000 de presupuesto MÁXIMO por poner algo.

Y conocer la empresa y el producto también ayuda...

Por ejemplo... analizando (con ayuda del cliente o un perito) las prendas falsificadas se puede determinar si son copias burdas o si (en el caso de producción a gran escala) se tienen que estar utilizando EXACTAMENTE los patrones originales, si las copias se limitan a un determinado grupo de prendas:

Temporadas pasadas, producidas en una determinada factoría subcontratada (que podría estar "sobreproduciendo"), si salen al mercado a la vez o incluso se incluyen patrones no comercializados, versionados...

Buff, hay miles de vías de investigación... al menos ahora sí tienes un supuesto con más "chicha". Dale caña! Wink

P.D.: Y por favor... no me digas que el hecho de que un empleado, que ahora trabaja para una diseñadora, trabajase antes en el ramo textil es una justificación razonable por si sóla...
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Mensaje  fergalicia Sáb Mar 03, 2012 5:35 pm

Hola de nuevo.
Estoy terminando el ejercicio y necesito saber si basandose en esta jurisprudencia y teniendo por cierto que alguien de la empresa es un espia se puede instalar una camara de videobigilencia secreta y saltandose las nromas de la LODPCP:

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, de 5 de diciembre de 2000.“El TSJ considera adecuado la instalación secreta de un sistema de videovigilancia, para justificar el despido disciplinario de un trabajador, el cual abandonaba con frecuencia su puesto de trabajo y la maquinaria cuyo control tenía asignado. Considera el TSJ que la medida no es arbitraria ni caprichosa, tratando la empresa únicamente de conocer el comportamiento laboral del trabajador, pretensión justificada por haberse detectado irregularidades en su actuación profesional, constitutivas de la transgresión a la buena fe contractual”.

Tambien desearia saber si es licito que un detective se infiltre entre la plantilla de los empleados con el fin de investigar de cerca y si se puede usar la foto que figura en un curriculum para usarla como medio de que alguien identifique a esa persona.

Salu2. Me urge.
Gracias

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Mensaje  fergalicia Sáb Mar 03, 2012 5:37 pm

... sigo

¿Hay alguna manera de publicar aqui el ejercicio y que solo lo vean determinadas personas de confianza del foro?... es que como es para un examen no me gustaria publicarlo a la vista de todo el mundo.
Gracias.

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Mensaje  Fox Mulder Sáb Mar 03, 2012 8:57 pm

fergalicia escribió:... sigo

¿Hay alguna manera de publicar aqui el ejercicio y que solo lo vean determinadas personas de confianza del foro?... es que como es para un examen no me gustaria publicarlo a la vista de todo el mundo.
Gracias.

Por que crees que existen los restringidos, de hecho ya te comente que este post es de operatividad... por que se creo este hilo aquí?
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Mensaje  fergalicia Sáb Mar 03, 2012 9:45 pm

MagnumPI escribió:
fergalicia escribió:... sigo

¿Hay alguna manera de publicar aqui el ejercicio y que solo lo vean determinadas personas de confianza del foro?... es que como es para un examen no me gustaria publicarlo a la vista de todo el mundo.
Gracias.

Por que crees que existen los restringidos, de hecho ya te comente que este post es de operatividad... por que se creo este hilo aquí?

Hola.
Toc toc toc!... se puede?.. ¿esta Magnum o esta Higgins? Very Happy
Bueno fuera bromas con disculpas por la confianza. Es que esto en vez de un ilo parece un lio. Dime como puedo publicar en algun restrigido al que este autorizado a acceder, por favor.
Salu2 y gracias.

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Mensaje  antoniof Sáb Mar 03, 2012 10:33 pm

Puedes publicarlo en el "foro privado estudiantes" al que tienes acceso aquí:

https://detectives.foroes.org/f15-foro-privado-estudiantes
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Mensaje  Fox Mulder Dom Mar 04, 2012 5:08 am

fergalicia escribió:
Toc toc toc!... se puede?.. ¿esta Magnum o esta Higgins? Very Happy
Bueno fuera bromas con disculpas por la confianza. Es que esto en vez de un ilo parece un lio. Dime como puedo publicar en algun restrigido al que este autorizado a acceder, por favor.
Salu2 y gracias.

Laughing , los restringidos los notaras ya que si entras al foro sin registrarte veras que faltan muchos hilos, los alumnos teneis un nivel, los detectives otro y los moderadores otro. Tanto en el foro restringido general, como al de estudiantes, en ambos puedes plantear las preguntas con un contenido operativo o profesional que no deben estar por los abiertos.
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Mensaje  fergalicia Dom Mar 04, 2012 12:37 pm

vale, entendido, y gracias.

Ya termine el trabajo.
Pero casi mejor a la tarde alojo el fichero en algun sitio y os envio un mensaje privado a unos cuantos de vosotros con el link donde alojo el fichero, asi solo lo veis vosotros.
Salu2.

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Mensaje  flanagan Dom Mar 04, 2012 2:01 pm

a mi mandamelo, please, que me gustaria verlo...
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Mensaje  fergalicia Dom Mar 04, 2012 3:23 pm

Hola.
De acuerdo, envio ahora el link del fichero en mensaje privado para MagnumPI, Investigador, Antoniof, ShadSEC y Flanagan
Agradeceria que ademas de comentarlo me lo calificaseis entre 0-10... a ver si apruebo Very Happy
El ejercicio lo desarrolle segun algunas de vuestras orientaciones, manual de Perico y directrices del profesor.
Gracias.

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