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Derecho a la intimidad

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Mensaje  Selphie Miér Ene 23, 2008 1:11 am

Hola, me gustaría que alguien me aclarase una duda que tengo desde hace tiempo. ¿Hasta qué punto se puede considerar que un detective no viola el derecho a la intimidad de su investigado? Es decir, ¿cuál es el límite entre la legalidad de una investigación (por ejemplo en un caso de infidelidad) y el violar ese derecho?
Un saludo y gracias.

Selphie
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Mensaje  Fox Mulder Miér Ene 23, 2008 1:28 am

Estimada Shelphie,

El detective no podrá violar en ningún momento el derecho a la intimidad, ya que esta protegido por la Constitución. Toda violación de este derecho es una intromisión ilegitima y por tanto susceptible de ser denunciada ante las autoridades. El problema de este derecho viene dado en el desconocimiento de la ley, ya que generalmente el particular no tiene conocimiento de leyes y por lo tanto interpreta a su manera lo que es intimidad. Para entender los limites debe contemplarse el Articulo 18 de la Constitución Española:

Artículo 18.

1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en el sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.

3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.

4. La Ley limitara el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.

Una vez leído el articulo se interpreta que la intimidad va ligada a la privacidad, siendo el domicilio inviolable, extendiéndose el significado de domicilio a todo local o recinto público (baños, vestuarios y dormitorios) o privado donde se realiza una actividad intima y personal, quedan fuera de esta interpretación cualquier zona considerada pública. Por lo tanto cualquier detective privado que no exceda de estos limites marcados por la ley, está totalmente legitimado a investigar sobre la vida privada de las personas, tal y como marca la Ley de Seguridad Privada.

Un saludo.
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Derecho a la intimidad Empty LA INTIMIDAD Y LOS DETECTIVES.-

Mensaje  Invitado Sáb Ene 26, 2008 2:30 am

[b]Me inicio en estos foros saludándolos desde Montevideo,Uruguay, deseando que este sitio permita intercambio de ideas y contactos en forma internacional.Soy un Detective con varios años de experiencia, lo cual no inhibe que siempre se esté aprendiendo.En cuanto al derecho a la intimidad,en el caso de Uruguay está garantizado por la propia Constitución, dado que la actividad de DETECTIVE PRIVADO no está reglamentada, existiendo un vacío legal al respecto.Sí existen reglamentaciones para la SEGURIDAD PRIVADA que,no incluye a los detectives y que impide toda tarea que pueda ser cumplida por la Policía u otros servicios de seguridad estatales(ejemplo: no se permiten guardaespaldas privados,armados).=Mis saludos cordiales.=

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Mensaje  Fox Mulder Sáb Ene 26, 2008 4:36 am

Estimado amigo, desde luego que todos los compañeros son bienvenidos, ya que la intención de esta página es la de ser un nexo de unión entre nosotros y las personas que quieren conocer nuestra figura y funciones. Actualmente no gozamos de una imagen común de la figura del detective, ni tampoco una regulación adecuada (para mi opinión). En España nos encuadran dentro de seguridad privada, cosa que realmente sorprende, ya que nuestras funciones no son las de vigilar ni proteger bienes o personas. Sin embargo por un articulo, como es la vigilancia en ferias, museos y ámbitos análogos les sirve para meternos en el cajón, siendo una actividad que, por lo general, no realizamos. Ojala, si llegáis a conseguir la regulación, os encuadren en justicia, ya que a mi entender, es donde pertenecemos. Un saludo.
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Mensaje  VIAM 77 Lun Feb 22, 2010 4:48 am

Hola en mi pais Colombia esta consagrado que, la vida intima de las personas no podra ser objeto de investigación privada ni oficial a menos que esta se encuentre incursa cualquier delito del que tenga conocimiento un juez de la republica. Lo que sí se pueden adelantar son investigaciones comerciales para determinar solvencia economica, deudas, deslealtades laborales y fraudes a compañias aseguradoras. En mi pais se efectúan gran cantidad de investigaciones por Infidelidad conyugal, pero los detectives jamas se comprometen a aportar pruebas y hacerse responsables de ellas a menos que dichas pruebas sean para demostrar la infidelidad en un proceso legal de divorcio. Todo esto en cuanto a la legislación de Colombia ya en su pais no se si es igual o no, asi que estimado amigo hay le dejo mi aporte en este foro. VIAM 77

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