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Detención, cacheo y custodia por agente de seguridad privada

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Axel Foley
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Mensaje  nsacco Dom Ene 08, 2012 2:25 am

Interesante debate antiguo que reabro porque he trabajado en centros comerciales y algún que otro gran almacén. He tenido esos miedos que aquí se ha debatido.

Los vigilantes de seguridad no pueden detener, se puede consdierar por parte del ciudadano que se le ha detenido cuando ha hurtado un producto y se le ha llevado a la habitación para tomarle los datos y averiguar que todo lo que ha hurtado ya no lo lleva. Me parece muy bien, que lo considere así si desea.
Bien, si un vigilante, en ese caso, no pudiera detener (si eso se considera detención, yo creo que si pues se trata de una privación de libertad) entonces cualquier persona podría hurtar 10 discos al día de música sin que se pueda parar al mangante de turno, llevarle obligatoriamente al cuartillo, registrarle superficialmente y tomarle los datos para que la compañía le denuncie por esta falta, saldría de rositas, sería un chollo para los mangantes si de manera efectiva todos los vigilantes no detuvieran a estas personas al amparo de que no se puede detener a nadie ante la comisión de un hurto. No se puede detener por falta, claro que no, pero también está el derecho de la empresa de que, en caso de tener razones suficientes, realizar las comprobaciones necesarias para recuperar su mercadería y tomar los datos de esta persona. Lo de llevarle al cuartillo entiendo que es por derecho de la persona a la cual se le va a registrar, tomar los datos y realizar las averiguaciones pertinentes, con el fin de de no humillarle y ser discretos.

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Mensaje  investigador Dom Ene 08, 2012 9:00 am

nsacco escribió:Interesante debate antiguo que reabro porque he trabajado en centros comerciales y algún que otro gran almacén. He tenido esos miedos que aquí se ha debatido.

Los vigilantes de seguridad no pueden detener, se puede consdierar por parte del ciudadano que se le ha detenido cuando ha hurtado un producto y se le ha llevado a la habitación para tomarle los datos y averiguar que todo lo que ha hurtado ya no lo lleva. Me parece muy bien, que lo considere así si desea.
Bien, si un vigilante, en ese caso, no pudiera detener (si eso se considera detención, yo creo que si pues se trata de una privación de libertad) entonces cualquier persona podría hurtar 10 discos al día de música sin que se pueda parar al mangante de turno, llevarle obligatoriamente al cuartillo, registrarle superficialmente y tomarle los datos para que la compañía le denuncie por esta falta, saldría de rositas, sería un chollo para los mangantes si de manera efectiva todos los vigilantes no detuvieran a estas personas al amparo de que no se puede detener a nadie ante la comisión de un hurto. No se puede detener por falta, claro que no, pero también está el derecho de la empresa de que, en caso de tener razones suficientes, realizar las comprobaciones necesarias para recuperar su mercadería y tomar los datos de esta persona. Lo de llevarle al cuartillo entiendo que es por derecho de la persona a la cual se le va a registrar, tomar los datos y realizar las averiguaciones pertinentes, con el fin de de no humillarle y ser discretos.

Interesante tema del que solíamos charlar y debatir a menudo criminología, en las clases de Derecho Penal (parte especial).

Tengo entendido (corregirme si me equivoco) que un VS sólo puede detener a alguien, como cualquier hijo de vecino: ante flagrante delito o si la persona es un prófugo de la justicia.

Si el individuo se lleva en tu cara algo del establecimiento donde trabajes, a no ser que el montante de lo hurtado sea superior a lo recogido en la ley, y por ende estemos ante un delito, NO se puede detener a nadie. Una cosa bien distinta es lo que se hace realmente: se le retiene, se le registra, etc, etc (asunto que no suele trascender porque el sujeto pasivo de la detención no suele conocer la ley, que, de ser así, pienso que podría presentar denuncia por detención ilegal).

¿Cómo se protegen los centros comerciales ante esto? Pues, suelen guardar en cofres de plástico todo el género de pequeño tamaño y valor relativo que suela ser el objetivo de los cacos (perfumes, cuchillas de afeitar, CDs, etc). De esta manera el artículo encofrado, aun siendo de importe inferior al establecido en la ley para poder ser considerado delito, pasa a estar protegido por la norma que contempla el robo con fuerza en las cosas que establece que si el caco quiere hacerse con el producto, tendra que romper o forzar el contenedor de seguridad donde se ha colocado, consiguiendo así que, llevarse un CD encofrado del corte inglés (por poner un ejemplo) represente un delito y se pueda detener al individu@.


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Mensaje  Invitado Dom Ene 08, 2012 10:55 am

Interesante tema el de los centros comerciales, del que los DP podríamos sacar muuucha tajada. Ahora mismo, que yo sepa, se dedican a esto Kroll y Provinen ( una empresa de seguridad que contrata "Criminólogos" y Detectives para hacer seguimientos y mistery shopping sin que el servicio aparezca si quiera en su web.
De hecho es uno de los servicios que tengo en la manga Cool

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Mensaje  investigador Dom Ene 08, 2012 11:02 am

perico escribió:Interesante tema el de los centros comerciales, del que los DP podríamos sacar muuucha tajada. Ahora mismo, que yo sepa, se dedican a esto Kroll y Provinen ( una empresa de seguridad que contrata "Criminólogos" y Detectives para hacer seguimientos y mistery shopping sin que el servicio aparezca si quiera en su web.
De hecho es uno de los servicios que tengo en la manga Cool

Aquí hay un "pequeño" obstáculo: el INTRUSISMO.

Muchos centros comerciales y empresas (por no decir directamente TODOS) contratan servicios de vigilancia NO uniformada (o se lo montan ellos mismos) con personal que NO es DP.

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Mensaje  Invitado Dom Ene 08, 2012 11:09 am

Efectivamente, solo 2 cuestiones: yo no estoy hablando de vigilancia no uniformada, sino de un servicio global que incluye muchas áreas de actuación.
Por otra parte, ¿de qué sirve denunciar el intrusismo si tu no tienes una alternativa que ofrecer? Provinen paga 1800 euros al mes por trabajar de lunes a sábado, y te tienes que pagar tu los autónomos. ¿Es rentable ofrecerte al cliente por 1500 pavos con el mismo horario? yo creo que no.
La forma de atacar el mercado sería presentar un servicio más completo, con el que el cliente gane ( o se ahorre) mucha más pasta ( hay muchas vías de pérdida aparte de los gita...s), y simplemente desplazar a las otras empresas que solo te ponen a un auxiliar / VS a dar vueltas por la tienda.
Pero bueno, una denuncia por intrusismo nunca viene mal jajaja

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Mensaje  Invitado Dom Ene 08, 2012 11:11 am

La clave de ese servicio es simplemente la PASTA que se ahorra el cliente, nada más. Y en una cadena grande estamos hablando de MILLONES de euros con los que "jugar" ... Rolling Eyes

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Mensaje  investigador Dom Ene 08, 2012 11:30 am

perico escribió:La clave de ese servicio es simplemente la PASTA que se ahorra el cliente, nada más. Y en una cadena grande estamos hablando de MILLONES de euros con los que "jugar" ... Rolling Eyes

Exactamente, la clave por la que las empresas contratan controladores para que éstos hagan servicios de vigilancia uniformada es la pasta que se ahorran en lugar de contratar a DPs.

Sé por donde vas, pero es difícil poner el pie en la puerta.


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Mensaje  nsacco Dom Ene 08, 2012 5:35 pm

investigador escribió:
nsacco escribió:Interesante debate antiguo que reabro porque he trabajado en centros comerciales y algún que otro gran almacén. He tenido esos miedos que aquí se ha debatido.

Los vigilantes de seguridad no pueden detener, se puede consdierar por parte del ciudadano que se le ha detenido cuando ha hurtado un producto y se le ha llevado a la habitación para tomarle los datos y averiguar que todo lo que ha hurtado ya no lo lleva. Me parece muy bien, que lo considere así si desea.
Bien, si un vigilante, en ese caso, no pudiera detener (si eso se considera detención, yo creo que si pues se trata de una privación de libertad) entonces cualquier persona podría hurtar 10 discos al día de música sin que se pueda parar al mangante de turno, llevarle obligatoriamente al cuartillo, registrarle superficialmente y tomarle los datos para que la compañía le denuncie por esta falta, saldría de rositas, sería un chollo para los mangantes si de manera efectiva todos los vigilantes no detuvieran a estas personas al amparo de que no se puede detener a nadie ante la comisión de un hurto. No se puede detener por falta, claro que no, pero también está el derecho de la empresa de que, en caso de tener razones suficientes, realizar las comprobaciones necesarias para recuperar su mercadería y tomar los datos de esta persona. Lo de llevarle al cuartillo entiendo que es por derecho de la persona a la cual se le va a registrar, tomar los datos y realizar las averiguaciones pertinentes, con el fin de de no humillarle y ser discretos.

Interesante tema del que solíamos charlar y debatir a menudo criminología, en las clases de Derecho Penal (parte especial).

Tengo entendido (corregirme si me equivoco) que un VS sólo puede detener a alguien, como cualquier hijo de vecino: ante flagrante delito o si la persona es un prófugo de la justicia.

Si el individuo se lleva en tu cara algo del establecimiento donde trabajes, a no ser que el montante de lo hurtado sea superior a lo recogido en la ley, y por ende estemos ante un delito, NO se puede detener a nadie. Una cosa bien distinta es lo que se hace realmente: se le retiene, se le registra, etc, etc (asunto que no suele trascender porque el sujeto pasivo de la detención no suele conocer la ley, que, de ser así, pienso que podría presentar denuncia por detención ilegal).

¿Cómo se protegen los centros comerciales ante esto? Pues, suelen guardar en cofres de plástico todo el género de pequeño tamaño y valor relativo que suela ser el objetivo de los cacos (perfumes, cuchillas de afeitar, CDs, etc). De esta manera el artículo encofrado, aun siendo de importe inferior al establecido en la ley para poder ser considerado delito, pasa a estar protegido por la norma que contempla el robo con fuerza en las cosas que establece que si el caco quiere hacerse con el producto, tendra que romper o forzar el contenedor de seguridad donde se ha colocado, consiguiendo así que, llevarse un CD encofrado del corte inglés (por poner un ejemplo) represente un delito y se pueda detener al individu@.



Las citaciones al juzgado sobre los hurtos con protecciones nunca he visto que por el juez se considere delito, ni por el precio ni por el valor de la protección, salvo contados casos de personajes ya buscados por robar anteriormente y que la empresa ya le tenía sus ganas, el resto, con la policía delante se limitan a tomarle los datos y en la vista celebrarse un juicio por hurto, nadie de oficio he visto que haya pedido ese agravante por haber quitado el plástico o la proteccion de plástico típica de un cd o dvd de alguna película.

Aun así creo que aquí hay algo que no sabemos puesto que los libros no suelen estar plastificados ni encofrados (fijaros en el Corte Inglés, Fnac, etc, solo un pequeño porcentaje de libros están plastificados), como mucho algunos llevan el "cuadradito" de seguridad, también hay muchos otros en grandes almacenes que no llevan ni eso, solo la etiqueta del precio, con lo cual estamos en las mismas en ese caso, que se puede hurtar cosas que no lleven proteccion sin que nadie te detenga para emplazar a realizar un registro y posterior toma de datos para una denuncia, o que del mismo modo aquella persona que quiere hurtar un producto con protecciones no lo haya roto (por tanto no habría fuerza en las cosas) y se lo hubiese querido llevar igualmente, pitando en el arco de salida (y esto que cuento es muy habitual).

Esto que digo no es una anécdota, hay un sistema de robo o hurto, como queramos llamarle fuera de la jerga jurídica, que es ese precisamente, el procedimiento es el siguiente:
- Chavales cogen las cosas: discos, libros, etc, se lo guardan entre la ropa.
- Chavales no se preocupan en quitar las protecciones, lo saben pero no quieren.
- Esperan a que por el arco, junto a vigilante que vigila, pasen 2 o 3 clientes con compra hecha.
- En ese mismo instante pasan ellos, con las 3 personas que han realizado la compra para que el vigilante no sepa por quien ha pitado el arco.
- El arco pita
-Los chavales salen corriendo y los clientes que no han hecho nada se paran (reacción típica de la persona que le pita el arco sin que haya hecho nada).
-Tu, que estás de vigilante, ya sabes quien ha sido, que es precisamente los chavales que han cruzado el arco y que no solo no se han parado sino que van por la calle a toda leche corriendo.
-En ese caso lo que yo he hecho siempre es salir corriendo y en la calle pedir que vengan conmigo amablemente para comprobar que todo está correctamente. Aparentemente obligo a que vengan conmigo pero según la legalidad eso no es un robo es un hurto, con lo cual no puedes salir corriendo para capturar y detener a estas personas. En esos momentos tan nervioso estoy yo como ellos porque sé que estoy en la calle y es muy posible que no sea un robo pero sí un hurto y emplazo a que me acompañen, pero siempre he creído que el derecho a poder registrar por razones justificadas por parte del vigilante existe y, en caso de negativa, se llama a la policía, si salen corriendo no me dejan ejercer ese derecho. Nunca he tenido el caso de que me hayan denunciado a mi u otra persona por este hecho pero podría pasar.

Creo que ante unas razones justificadas de haberse cometido un robo e incluso un hurto (el arco pita) se puede parar a una persona para realizar un registro, pero como en esto que cuento no tenga razón legal aquí tenemos el negocio redondo de los mangantes de artículos cuya suma sea inferior a 400 euros. Puedo asegurar que este tipo de proceder es diario en todo el país con el fin de confundir al vigilante y salir con todos los productos sustraídos. Generalmente no suelen ser dos cds, suelen ser bastantes cosas que no suele llegar a los 400 euros.

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Mensaje  Axel Foley Jue Abr 12, 2012 9:07 pm

investigador escribió:
nsacco escribió:Interesante debate antiguo que reabro porque he trabajado en centros comerciales y algún que otro gran almacén. He tenido esos miedos que aquí se ha debatido.

Los vigilantes de seguridad no pueden detener, se puede consdierar por parte del ciudadano que se le ha detenido cuando ha hurtado un producto y se le ha llevado a la habitación para tomarle los datos y averiguar que todo lo que ha hurtado ya no lo lleva. Me parece muy bien, que lo considere así si desea.
Bien, si un vigilante, en ese caso, no pudiera detener (si eso se considera detención, yo creo que si pues se trata de una privación de libertad) entonces cualquier persona podría hurtar 10 discos al día de música sin que se pueda parar al mangante de turno, llevarle obligatoriamente al cuartillo, registrarle superficialmente y tomarle los datos para que la compañía le denuncie por esta falta, saldría de rositas, sería un chollo para los mangantes si de manera efectiva todos los vigilantes no detuvieran a estas personas al amparo de que no se puede detener a nadie ante la comisión de un hurto. No se puede detener por falta, claro que no, pero también está el derecho de la empresa de que, en caso de tener razones suficientes, realizar las comprobaciones necesarias para recuperar su mercadería y tomar los datos de esta persona. Lo de llevarle al cuartillo entiendo que es por derecho de la persona a la cual se le va a registrar, tomar los datos y realizar las averiguaciones pertinentes, con el fin de de no humillarle y ser discretos.

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Tengo entendido (corregirme si me equivoco) que un VS sólo puede detener a alguien, como cualquier hijo de vecino: ante flagrante delito o si la persona es un prófugo de la justicia.

Si el individuo se lleva en tu cara algo del establecimiento donde trabajes, a no ser que el montante de lo hurtado sea superior a lo recogido en la ley, y por ende estemos ante un delito, NO se puede detener a nadie. Una cosa bien distinta es lo que se hace realmente: se le retiene, se le registra, etc, etc (asunto que no suele trascender porque el sujeto pasivo de la detención no suele conocer la ley, que, de ser así, pienso que podría presentar denuncia por detención ilegal).

¿Cómo se protegen los centros comerciales ante esto? Pues, suelen guardar en cofres de plástico todo el género de pequeño tamaño y valor relativo que suela ser el objetivo de los cacos (perfumes, cuchillas de afeitar, CDs, etc). De esta manera el artículo encofrado, aun siendo de importe inferior al establecido en la ley para poder ser considerado delito, pasa a estar protegido por la norma que contempla el robo con fuerza en las cosas que establece que si el caco quiere hacerse con el producto, tendra que romper o forzar el contenedor de seguridad donde se ha colocado, consiguiendo así que, llevarse un CD encofrado del corte inglés (por poner un ejemplo) represente un delito y se pueda detener al individu@.



Un VS puede detener como bien dices como cualquier ciudadano la diferencia entre un ciudadano normal y un VS es que nosotros estamos obligados por ley a detener ante un caso de agresion,robo o delito en nuestro servicio, en un centro comercial por narices se tiene que detener al presunto mangui por que ni yo ni nadie puede saber a ciencia cierta si ese tipo lleva solo algo superior en valor a lo recogido en la ley, y por ende estemos ante un delito, o solo lleve un libro de 20 euros, por esa razon se le tiene que DETENER para efectuar las comprobaciones que sean necesarias, eso si una vez se compruebe que no lleva nada por lo que considere delito se le deja marchar sin la mercancia y dejando sus datos a la disposicion del cliente para realizar la oportuna denuncia, si el valor de lo robado fuera delito entonces se queda con nosotros hasta que llegue la policia.

Un saludo.
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